Según la Directiva 2006/32/CE se entiende por ESE una persona física o jurídica que proporciona servicios energéticos de mejora de la eficiencia energética en las instalaciones o locales de un usuario y afronta cierto riesgo económico por hacerlo.
Desde el año 2006 hasta ahora la eficiencia energética ha entrado a formar parte de nuestras vidas y se ha convertido en uno de los principales motivos para la realización de inversiones tanto en el ámbito privado como en el industrial.
Teniendo el inversor esta motivación de ahorro, es importante garantizar que el ahorro se va ha producir. En el caso de una ESE, la garantía según la Directiva sería asumida por la propia ESE y en otros modelos sería el cliente el que la exigiría al proyectista. En todo caso, tanto siguiendo el modelo de ESE, como en otros modelos, el garantizar al cliente el ahorro, más allá de los recursos propios, puede ser un potente argumento de venta y elemento definitivo a la hora de que se decida.
Con el PAE, externalizamos el riesgo patrimonial que supone la no consecución de un ahorro prometido debido a las faltas profesionales que se hayan podido producir en el proyecto.
La existencia de este producto da estabilidad a las empresas que dedican su finalidad a la eficiencia energética protegiendo su patrimonio, permitiéndoles encarar más proyectos y más grandes y además da la confianza que el inversor/consumidor necesita.
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Póliza especial ahorros energéticos